Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

El artículo 14 de la Constitución española proclama el derecho a la igualdad y a la no
discriminación por razón de sexo. Por su parte, el artículo 9.2 consagra la obligación de los
poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los
grupos en que se integra sean reales y efectivas.

La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en
diversos  textos  internacionales  sobre  derechos  humanos,  entre  los  que  destaca  la
Convención  sobre  la  eliminación  de  todas  las  formas  de  discriminación  contra  la  mujer,
aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1979 y ratificada
por España en 1983. En este mismo ámbito procede evocar los avances introducidos por
conferencias mundiales monográficas, como la de Nairobi de 1985 y Beijing de 1995…

Ver texto completo de la ley aquí.

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