Derechos humanos: libertad de credo y de expresión

Esta semana que hoy termina hemos tenido noticia de la apertura de juicio oral a nuestra compañera Elisa Mandillo por la posible transgresión del artículo 525 del Código Penal, un artículo que tipifica como delito, entre otras acciones, la ofensa a los sentimientos religiosos y que parece ser lo que habría considerado el juez para procesarla.

También celebramos ayer, como en todas partes del mundo, el día internacional de los Derechos Humanos en recuerdo de aquel 10 de diciembre de 1948 en que la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Por estas fechas el año pasado (23 de diciembre de 2015) el Relator Especial para el Consejo de Derechos Humanos de la ONU analizó en un informe público la relación entre el derecho a la libertad de religión o de creencias y el derecho a la libertad de opinión y de expresión.

El informe termina con una serie de recomendaciones para los estados entre los que destaca la eliminación del delito de blasfemia.

La primera sugerencia dice:

Los legisladores, los jueces y los responsables de la formulación de políticas deberían aplicar las leyes y las políticas en el entendimiento de que el derecho a la libertad de religión o de creencias y el derecho a la libertad de opinión y de expresión son complementarios.»
Y finalmente asegura que «la sanción penal de expresiones que no propugnan la violencia o la discriminación pero que se consideran ‘blasfemas’ no puede cumplir una función productiva en este contexto, y toda sanción penal que se imponga vulnera las disposiciones de la libertad de religión o de creencias y la libertad de expresión.

Las religiones, como las ideologías políticas, no son titulares de derechos, lo son las personas. La libertad de religión o de creencias protege a los creyentes y no las religiones o las creencias.

No se debe ofender a ninguna persona, ni es correcto herir sus sentimientos como individuo, pero los sentimientos religiosos, como los ideológicos, son colectivos y sus fundamentos son tan criticables, censurables y susceptibles de burla como lo son las ideas políticas de algunas personas, incluso cuando esa crítica o sátira pueda ofender a alguien. Porque las ideas no son respetables, lo son las personas que las siguen en tanto que individuos y, solo para evitar incitación al odio o la discriminación, se deberá tener en cuenta el sentir colectivo de una religión o de un partido político o de un club de fútbol.

Las iglesias, como cualquier asociación de personas con un fin común, son (o así debería ser en un estado democrático) entidades privadas, ajenas al estado y solo «sagradas» para sus fieles, nada más.

Si se aplicara la misma justicia para todos los sentimientos colectivos, como por ejemplo los ideológicos, más de medio estado debería estar procesado. Pero ¿alguien se imagina a un juez abriendo juicio oral por una versión disparatada de la Internacional? ¿ y no podría haber comunistas ofendidos por algo así?

¿Son menos «respetables» las ideas políticas que las religiosas, los sentimientos de un comunista que los de un católico?

Del mismo modo que, afortunadamente, no persiguen estos «delitos» de ofensa ideológica, los jueces deberían dejar de hacer caso a la asociación de abogados cristianos y no perseguir más blasfemias por muy ofensivas que puedan parecerles.

Cada vez que se persigue penalmente el derecho a la libertad de expresión por motivos religiosos nos alejamos varios siglos de ser un país verdaderamente democrático.

Para terminar, no queremos dejar de contestar a otro ataque que sufrimos muchas veces las feministas cuando defendemos nuestros derechos yendo en contra de ciertas ideas -antidemocráticas e inconstitucionales muchas veces, todo sea dicho- que emanan de la jerarquía católica: a menudo se nos tacha de cobardes por no criticar o no querer burlarnos de otras religiones como la musulmana y centrarnos siempre en la católica.

Para que nos dejen en paz por mucho tiempo (o al menos eso esperamos) esta es nuestra respuesta:

  • Cuando los jueces que aplican las leyes que nos pisotean a las mujeres en este país sean musulmanes
  • cuando los ministros y presidentes de gobierno que dictan esas leyes sean musulmanes
  • cuando más del 50% de las escuelas que educan a nuestras hijas e hijos esté en manos de musulmanes
  • cuando esos musulmanes dedicados a la educación infantil con el beneplácito del gobierno español arrastren centenares de denuncias por abusos sexuales a niñas y niños
  • cuando la televisión, la radio, la prensa y la universidad españolas estén  dirigidas por musulmanes en cantidad nada despreciable
  • cuando la religión musulmana, sus cultos y sus actividades estén financiadas por los Presupuestos Generales del Estado y sus gastos salgan del bolsillo de todxs nosotrxs

Entonces, y solo entonces, vengan a ver si todavía pueden reprocharnos que solo nos metamos con la iglesia católica. Pero mientras tanto déjennos hacer nuestra política y nuestra defensa como sabemos que es de justicia y siempre con el respeto absoluto a los derechos humanos.

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