Usar y tirar

Jueces machistas (Manada de Manresa)

Un hombre acaba de salir de una fiesta y va pasado de copas. Va por una calle oscura y de repente aparecen siete hombres, que le roban todo lo que lleva encima. No se resiste, se deja hacer, no emplean ninguna fuerza, no es necesaria. Cuál sería el ilícito penal? Está claro que robo, y ya veríamos si no habría alguna agravante.

Sigamos imaginando. Esa escena es observada por un hombre de esos siete. Él no quiere robar y no participa. Pero ve cosas que se le caen al suelo al pobre borracho y decide que ya que no puede hacer nada por ayudar a ese infeliz indefenso, pues que va a recogerlas y meterlas en sus bolsillos. Habría ilícito penal para este individuo? Pues sí, el mismo que para sus otros seis compañeros. No habría duda alguna.

En lugar de un robo, imaginad un asesinato, una paliza. Todos menos uno de los hombres ejercen violencia con resultado de muerte o «x» lesiones. Este «buen» hombre que se queda al margen y solo mira, no hace nada para impedirlo, incluso se ríe y se divierte ante la escena. Habría ilícito penal para este individuo? Pues sí, probablemente el mismo que para sus otros cinco compañeros o alguno como cooperador necesario… No habría duda alguna acerca de su participación en los hechos y si fuera absuelto no se entendería.

En ninguno de los casos anteriores se habría cuestionado ni por dónde andaba ese hombre, ni la hora en la que estaba por la calle, ni si llevaba pantalón corto o no, ni el hecho de estar borracho hubiera sido causa para cuestionar el tipo de delito.

Ahora en esta ecuación pongamos a una mujer, no, mejor aún, a una niña de 14 años. Borracha (o a la que han emborrachado, que no es lo mismo pero que para el caso es igual), drogada (o a la que han drogado, ídem con la emborrachada anterior), con sus capacidades de respuesta perdidas… Se encuentra con otros siete hombres, mejor dicho se la encuentran así, borracha, drogada, sin consciencia alguna y deciden que se la follan. Ella, claro está, no responde a ningún estímulo, no se defiende, no opone resistencia porque no se entera de nada.

Seis de esos hombres la violan por turnos y uno de ellos decide no participar pero se masturba mientras mira y no hace nada para impedirla. A qué pena se enfrentarían estos tipos? Pues los magistrados de la audiencia de Barcelona han dictado sentencia y han decidido que el delito de estos señores es por abuso, no por agresión sexual, porque como no utilizaron la fuerza, dada la situación de embriaguez, pues fue fácil, no tuvieron oposición alguna.

Y ya por último. Uno de ellos, no participó. Y claro, como no podía hacer nada, él sí se sintió intimidado como para actuar contra sus seis amigos. Tan mal estaba el pobre, que se pajeó mientras miraba como follaban sus amigos, pero no sabemos si lo disfrutó o no. Seguro que no, se sentía intimidado y total para no desentonar en ese entorno, pues onanismo consigo mismo. Los jueces solo lo han imputado por masturbarse y no por la omisión del deber de socorro, porque él se sintió intimidado y no podía hacer nada para disuadir a sus compañeros.

Sus señorías de la audiencia de Barcelona han decidido que este hecho no una es agresión sexual, que es un abuso. Al estar ella en esas condiciones, en las que le era imposible defenderse al no tener capacidad para percibir lo que estaba pasando, no tuvieron que ejercer violencia alguna para someterla.

Bueno, esto de su capacidad de percepción no es del todo cierto. Ella dice tener flashes y abrir los ojos y ver a alguien encima, recuerda una pistola… Pero esto no es realmente importante ya que:

 … los jueces no tienen en cuenta el testimonio de la menor que declaró haberse sentido «intimidada», porque ella misma dijo que no recordaba al 100% los hechos. «El testimonio de la víctima no es inveraz, pero nada sabe por propia percepción….» (fuente el diario.es)

A pesar de que en el wassap, que realmente es el que ha sido determinante para creerla a ella y a su amiga presente, uno de los agresores dice que la víctima «se había quejado»… «o estaba inconsciente o no lo estaba, es algo que no quedaba claro», dicho por uno de sus agresores. Lo de siempre REVICTIMIZACIÓN, no nos creen, da igual cómo lo digamos, lo que nos haya pasado, asesinadas incluso… siempre cuestionadas.

Es demencial, debiera ser un agravante aprovecharte de una persona que está indefensa, de hecho lo es… Hay situaciones que se consideran agravantes a la hora de ver un hecho delictivo. No se entiende qué lectura hacen del código penal, qué interpretación de la norma hacen sus señorías. El artículo 22 del código penal dice:

CAPITULO IV. De las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal
Artículo 22.

Son circunstancias agravantes:

2.ª Ejecutar el hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente.

Parece que sus señorías no se han leído este artículo, o al menos no en su totalidad: «abuso de superioridad», «auxilio de otras personas para debilitar al ofendido»…

El hecho cierto es que en Manresa 7 hombres (Bryan Andrés M., Maikel Pascual, Maikel P.T., Marcos Antonio R., Daniel David Rodríguez, Walter Diego Claudio y Yordanis de Jesús Campo) cogen a una niña y «nunca contra su voluntad», porque al parecer no la tiene, ni prevaliéndose de su fuerza, pues no es preciso ejercerla, la penetran por turnos… Pues en este caso NO ES VIOLACIÓN. Argumento? Que no la forzaron, que no emplearon la fuerza.

Es asqueroso, vergonzoso. Una manera tan tendenciosa de interpretar la norma no es posible, o parece que sí. Lo han hecho.

Esto ya abre la veda a dar caza a inválidas, mujeres en coma, ancianas impedidas, niñas dormidas, mujeres en definitiva que no pueden defenderse… No olvidemos que estos casos ya han pasado y con similares resultados  judiciales muchos de ellos.

Los jueces declaran probado que, pasada la medianoche, uno de los condenados a 12 años, Bryan A.M., llevó a la menor, inconsciente, a una caseta abandonada. Ahí la penetró y luego volvió a la fiesta para decirle a otros cuatro colegas que era «su turno». El turno para embestir a un cuerpo que no se puede resistir, proteger o pedir ayuda. Justamente ese estado es el que se ha considerado para castigar doblemente a la víctima, con una sentencia que insiste en pedirnos más de lo que humanamente se nos puede exigir. (Raquel Ejerique el diario.es)

Nada más que decir, hoy salgamos a decirle a nuestra compañera que no está sola y tenemos que tumbar esta institución judicial patriarcal para la que somos cosas de usar y tirar.

Cartel contra la sentencia de la manada de Manresa

1 comentario

  1. Felicidades a la redactora! Muy clara descripción. Así están las cosas…

    Señores, espabilen! Que lo que están desdeñando, es Grave. Muy Grave, para nosotras. Y venimos a cambiarlo.

    En no muchos años, cuando pongamos la mirada atrás, recordarémos con asombro y con pavor, los días en los que era necesario salir a gritar “Hermana, yo si te creo”.

    Ni una menos, ni un paso atrás.

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